Próximas actividades
No hay actividades disponibles.
Revista

Revista 90 (06/ 2021)
SUMARIO: • Unas palabras del Presidente. • Fermín Carrasco. In memoriam. • Carmina Suárez, una vida en la montaña. • 1980. • Semblanza de los Remis de Vegarredonda. • Trepando por el Tiatordos. • La amistad de Pedro Pidal y Gustavo Schulze. • Proyecto Dosmiles de Picos de Europa. • La amistad de Pedro Pidal y Gustavo Schulze. • Treinta días, un invierno. • Aventuras desde el sofá. • Una foto singular. • 2020 en imágenes.
» 2021 Vetusta90.pdf (6.15 MB)
CLUB › ESTATUTOS
CAPITULO 1º.- DE LA ENTIDAD
Artículo 1º
El Club Deportivo "GRUPO DE MONTAÑEROS VETUSTA", es una asociación privada con personalidad jurídica y capacidad de obrar, que tiene por objeto exclusivo el fomento y práctica de actividades físicodeportivas, sin ánimo de lucro, en el seno de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Artículo 2º
El Club Deportivo "GRUPO DE MONTAÑEROS VETUSTA", que se constituye como Club Deportivo Básico, se acoge al amparo y regulación de la Ley 2/1994 de 29 de diciembre, del Deporte del Principado de Asturias y del Decreto 24/98, de 11 de junio por el que se regula el funcionamiento de los Club Deportivos y agrupaciones de Club de ámbito autonómico del Principado de Asturias.
Artículo 3º
El Club Deportivo "GRUPO DE MONTAÑEROS VETUSTA", practicará como principal modalidad deportiva la de montañismo y se afiliará a la correspondiente Federación Territorial Asturiana.
Artículo 4º
La Junta Directiva podrá acordar la creación de tantas secciones deportivas como modalidades específicas se practiquen en el Club. Para tomar parte en las competiciones de las respectivas Federaciones, deberán adscribirse a las mismas, siéndole de aplicación los Estatutos, Reglamentos y demás disposiciones de éstas.
Artículo 5º
El domicilio social se fija en la calle del Viaducto del Ingeniero Marquina, 4 semisótano de Oviedo, pudiendo la Junta Directiva modificar el domicilio, en cuyo caso dará cuenta a la Consejería de Cultura del Principado de Asturias.
Artículo 6º
El ámbito de actuación del Club es regional, sin perjuicio de integrarse en organizaciones de ámbito territorial superior, si así se acordara por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.